El beneficio también aplica para el Régimen de Ahorro Individual, es decir, para las parejas que cotizan a los Fondos Privados de Pensiones.
El ministro de Trabajo, Rafael Pardo Resaltó que con esta medida por lo menos 5 mil familias se van a beneficiar.
"Se trata de que una pareja definida en los términos de ley, pueda sumar por un lado tanto las semanas, como los ahorros; si ninguno de los dos teniendo la edad de pensión cumple los requisitos o de semanas o de ahorros puede acceder a la pensión, puede haber un traslado de régimen", afirmó el Ministro de Trabajo.
De igual forma Pardo resaltó que a la pensión familiar también podrán acceder las parejas del mismo sexo a las que hace referencia la sentencia C-577 de la Corte Constitucional.
Así mismo, deberá haber cotizado al cumplir los 45 años de edad, el 25 por ciento de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez, teniendo en cuenta el año de cumplimiento de la edad. Por ejemplo, si cumplió 45 años en el 2004 o años anteriores, las semanas requeridas de cotización son 250.
Igualmente se deberán acreditar mediante registro civil o declaración ante notario más de 5 años de relación conyugal o convivencia permanente, los que debieron haber iniciado antes de haber cumplir 55 años de edad cada uno y estar clasificados en los niveles 1 y 2 del Sisbén al momento de cumplir la edad de pensión.
Fuente: RCN.
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